martes, 2 de octubre de 2007

LA CALDERA DEL DIABLO



Por: Diógenes de la Llave

El “Diablo Cojuelo” invitó a su fiel perro “Cachafaz” para que analizaran la problemática política que vive el país, en especial la que se refiere a la Reforma Electoral.
Con parsimoniosa actitud el “Diablo Cojuelo” se dispuso a exponer algunos antecedentes sobre el tema. Mira… le dijo: en 1946 se elaboro una ley electoral, durante el gobierno de Miguel Alemán Valdés, primer presidente constitucional civil, donde se establecieron los requisitos para el registro de los partidos nacionales; contar con 30 mil afiliados en todo el país, por lo menos las dos terceras partes de las entidades federativas y un mínimo de mil afiliados por estado.
En 1953, ya durante el gobierno de Adolfo Ruiz Cortines (1952-1958), se reformó la constitución para establecer el derecho de voto a la mujer y un años después, se elaboro la Ley Electoral de 1954, que establecía que para que un partido político obtuviera registro debería de tener afiliados a un mínimo de 75 mil personas repartidas en por lo menos las dos terceras partes de los estados del país, a razón de 3 mil en cada uno de ellos.
Durante el gobierno de Adolfo López Mateos (1958-1964), se realizó una reforma electoral importante conocida como Ley Electoral de 1963, y consistió en la elección de los diputados de partido, la cual establecía que si un partido político de oposición obtenía el 2.5 por ciento del total de la votación, podía tener en la Cámara de la Diputados cinco representantes y por cada 0.5 por ciento extra de votación un diputado más, hasta un máximo de 20. Lo anterior se presento con la finalidad de favorecer a los partidos políticos de oposición para que tuvieran representación en la Cámara de Diputados.
Durante el gobierno de Luís Echeverría se elaboro la Ley Electoral de 1973, la cual estableció el derecho de voto de los ciudadanos con edad de 18 años, anteriormente era a partir de los 21; también se estableció, que si un partido minoritario obtiene como mínimo el 1.5 por ciento del total de la votación tiene derecho a nombrar 5 diputados y uno más por cada 0.5 por ciento hasta un máximo de 25 diputados por partido. Se modificaron los requisitos para registrar nuevos partidos al reducir el número de afiliados de 75 mil a 65 mil en por lo menos las dos terceras partes de las entidades federativas, exigiendo un mínimo de 2 mil afiliados por entidad.
En 1977 se puso en marcha la reforma política electoral diseñada por Jesús Reyes Heroles, Secretario de Gobernación, expresada en la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales con la que se logro:
La institucionalización de las diversas corrientes políticas existentes en partidos políticos.
La reestructuración de los órganos de representación popular.
El funcionamiento de un sistema democrático y pluripartidista.
La reforma de 1977 amplió el tamaño de la Cámara de Diputados pasando de 300 a 400 diputados de los cuales 300 serían de mayoría relativa, es decir, un diputado por cada uno de los distritos electorales en que se dividió al país y 100 de representación proporcional repartidos entre los partidos de oposición que hubieran obtenido el mínimo de 1.5 por ciento del total de la votación, se previó también la pérdida del registro para el partido que no alcanzara el 1.5 por ciento de la votación nacional.
La relación entre el estado y la iglesia quedó especificada con las reformas constitucionales de 1992, en que se reconoció personalidad jurídica a las iglesias, se otorgó el derecho de voto a los sacerdotes y su participación política para cargos de representación popular siempre y cuando se hayan retirado de la práctica religiosa, se establecieron relaciones entre México y El Vaticano con el propósito de eliminar la falta de credibilidad en los partidos políticos, aminorar las dudas sobre la transparencia de los procesos electorales y buscar la participación ciudadana en las elecciones, se realizaron cambios constitucionales y se elaboraron nuevas leyes electorales, creo un nuevo padrón electoral y se “ciudadanizaron” los organismos electorales.
En 1986 se elaboró una nueva legislación electoral llamada Código Federal Electoral, que sustituyó a la de 1977; Con esta nueva Ley Electoral se incrementó el número total de diputados federales de 400 a 500 y el número de diputados plurinominales o de representación proporcional de 100 a 200. También se estableció la renovación del Senado cada 3 años por mitad durando en su puesto 6 años y se creo el Tribunal de lo Contencioso Electoral para resolver las quejas en materia electoral.
En 1989 se hicieron modificaciones en materia electoral por las irregularidades en los comicios del 6 de julio de 1988 y uno de los reclamos de los partidos políticos de oposición por lo que se realizaron negociaciones entre los diferentes partidos políticos. En los cambios más importantes destacan los siguientes: 1) Reforma al artículo 35 que consistió en prohibir la militancia forzosa y corporativa en los partidos políticos; 2) reforma al artículo 54 para modificar la composición de la Cámara de Diputados, la cual queda integrada finalmente por 500 miembros, 300 electos por mayoría y 200 por representación proporcional, lo novedoso es que estos últimos estarían destinados para todos los partidos políticos y no solamente para los de oposición; 3) En 1993 se reformó el artículo 56 para incrementar a 4 el número de senadores, tres por mayoría relativa y uno otorgado a la primera minoría es decir al partido que obtuviera el segundo lugar pasando el número total de senadores de 64 a 128; 4) Se creo también la Asamblea de representantes del D. F. con funcionarios muy similares a la Cámara de Diputados.
Entre los aspectos más importantes del Cofipe destacan los derechos de los partidos políticos; el nuevo mecanismo de financiamiento para los partidos con base en el número de votos obtenidos en la última elección, así como la imparcialidad de los órganos electorales encargados de preparar, realizar, vigilar y calificar el proceso electoral. Se estipuló además la creación del Instituto Federal Electoral (IFE), el Tribunal Federal Electoral para sancionar los delitos electorales, un nuevo padrón electoral y la credencial de elector con fotografía. Se estableció que todo partido político que participara en elecciones federales debería obtener al menos 1.5 por ciento del total de la votación para no perder su registro.
En 1993 y 1994 se hicieron reformas al Cofipe, incorporándose la figura de los observadores nacionales para las elecciones, así como los consejeros ciudadanos que se incorporaron al Consejo General del IFE, integrado también por representantes de los poderes ejecutivo y legislativo.
Se reformó el Código Penal para incluir un capitulo que sancionara los delitos electorales como los siguientes: Presionar a los electores el día de la votación por algún partido en especial, obstaculizar el desarrollo de las elecciones, pagar votos con dinero, introducir o robar votos en las urnas, alterar los resultados de las elecciones, atentar contra el secreto del voto.
Durante el segundo semestre de 1993 el Congreso de la Unión reformó el artículo 82 constitucional, estableciendo que a partir del año 2000 podría aspirar a la presidencia de la República un mexicano por nacimiento hijo de padres mexicanos, sin importar que alguno de sus padres fuera de origen extranjero naturalizado mexicano con al menos 20 años de residencia; como fue el caso de Vicente Fox Quezada, que pudo acceder al cargo presidencial en el año 2000.





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